Un derecho de autor no es más que el reconocimiento legal de la patente de una obra, la cual reconoce a un individuo como el creador y propietario legal de dicha obra. Es decir, es el medio legal que te hace el legítimo dueño de un libro, un software, una canción, una película, etc.
Un derecho de autor te concede TODOS los derechos habidos y por haber, reconociendo la obra como algo original y propiedad de un individuo, el cual tiene toda la autorización para hacer con ella lo que bien le parezca. Es legal que lo venda, preste, alquile, etc; porque legalmente es el “tutor” de su obra.
El derecho de autor existe para evitar los
plagios a ideas originales de segundos o terceros. Lo que significa que una
obra con el sello Copyright ©, esta protegida contra la piratería, otorgándole
el pleno derecho al propietario de reclamar, exigir o cancelar cualquier
contrato que infrinja su autoría sobre dicha obra o material. Lo identifica
como el creador original, en caso de plagio, pudiendo hacer uso de su autoría
ante la ley.
Tener un sello Copyright (que es el derecho
de autor menos flexible que hay, púes sólo UN individuo puede tener derecho a
la autoría de la obra, y si es en caso de colaboración, solo esas personas tienen
derecho sobre ella. Eso es bueno para los artistas, escritores y programadores)
no significa que tu obra no va a sufrir uno o varios casos de piratería. Esto
sólo te garantiza que, ante tal caso, queda registrado que tú eres el primer
dueño y creador de dicha obra y por tanto tienes todo el apoyo de la ley para
demandar o reclamar, acerca del mal uso que esta sufriendo tu trabajo.
Un ejemplo de eso fue el caso del escritor
Tim Powers, quien demandó a Disney por haber plagiado su libro “En costas
extrañas”, para crear la famosa saga de “Piratas del caribe” y ni siquiera
haberle dado crédito. Púes este hombre demandó y ganó, y a partir de entonces,
si has visto las sagas de piratas del caribe (por ejemplo: pirates of the
caribbean on the stranger tides), notarás que en los créditos se le atribuye el
reconocimiento al escritor.
Hay muchos otros casos, pero con explicar
uno basta.
Existen diferentes tipos de derechos de
autor, como por ejemplo:
1.- Derechos patrimoniales: es el derecho principal que se le otorga a una persona; en donde se
le es permitido hacer con su obra todo lo que quiera. Protege tu trabajo
durante todo tu tiempo de vida y luego en cierto plazo después de tu muerte.
Luego de eso, las obras pasan a ser de dominio público (a menos que el antiguo
dueño le seda los derechos a otro. Por ejemplo, un hijo).
2.- Derechos morales: este es el que liga el autor a su obra; quiero decir, la esencia
principal que el autor puso en dicho trabajo (expresiones, estilo, una esencia
personal). Si dicho derecho es violado le estas quitando la esencia del autor a
la obra. Es por tanto que este es uno de los derechos más importantes, y el
autor de dicho trabajo tiene el respaldo legal de no aceptar ningún cambio a su
obra que coloque en peligro dicha esencia (es su reputación).
Un ejemplo de lo que significaría la pérdida
de este derecho se manifestó en la polémica película de “Clockwork orange”,
inspirada en el libro con el mismo nombre, dónde el escritor del libro, Anthony
Burgess, renunció a su propio libro al ver en la película “un mensaje moral
diferente” al que él quería expresar en su novela, convirtiendo a la película
en “una porquería sin moral y con un mensaje completamente negativo y opuesto a
lo que él realmente deseaba expresar” (dicho por él).
3.- Derechos conexos: son los que permiten a personas autorizadas hacer uso de tu obra, de
manera legal, a fines de promoverla (este derecho funciona diferente en cada
país).
4.- Derechos de reproducción: es el que le permite al autor manifestarse en contra de cualquier
tipo de reproducción que considere no apropiada para la distribución de su obra.
5.- Derecho de comunicación pública: en esta concedes el derecho (sin renunciar a ellos, claro
esta) a alguien o a una entidad para que usen tu trabajo, a forma de obra,
danza, una sinfónica, lo que sea, a fines culturales.
6.- Derechos de traducción: permiso de
alguien o de una entidad para traducir tu libro y así poder distribuirlo en los
medios de su lenguaje.
Se conserva el derecho de autor en diferentes idiomas
Muchos se preguntan, en el caso de los
autoeditados, si es posible conservar el derecho de autor en cualquier idioma
en el que queramos distribuir nuestro libro, habiéndolo registrado en el idioma
nativo; la respuesta es sí. Si es una obra original y es tuya, tú tienes los
plenos derechos; eso es lo que significa Copyright, que puedes hacer con tu
obra lo que quieres y DISTRIBUIRLA como quieras.
En el caso de los autores físicos que son
publicados, recurren a vender su derecho de autor y una compañía interesada en
traducirla decida comprar los derechos para hacerlo (ellos no inventaron la
obra, pero quieren ser parte de las ganancias que genera por lo que tienen que
recurrir a un tipo de permiso legal, ya expliqué eso en los tipos de permiso).
Es por esta razón que se requiere sacar un derecho de autor cada vez que
alguien desee publicar dicha obra en un idioma nativo diferente. El autor no
tiene que hacer nada más.
En el caso de los autoeditados, como tienen
que hacerlo todo ellos, conservan todos y cada uno de sus derechos, por lo que
les es posible distribuir en diferentes idiomas (claro esta, si el auto editado
sabe traducir o le paga a alguien para que lo haga por él).
Ahora, ver permisos como estos hacen que uno
se pregunte:
Cuál es la diferencia entre plagio y piratería y qué medidas existen para defenderse de ellas
¿Qué
es el plagio?
Es usar de manera ilegal las ideas o
palabras de una persona y hacerlas pasar como propias; eliminando por completo
referencias del autor original. Es hacerte con el trabajo de alguien más y
ganar crédito con el sudor ajeno.
¿Qué
es la piratería?
Es la distribución ilegal del trabajo ajeno,
sean con los fines que sean (y la mayoría de esos fines son el de ganar dinero
distribuyendo lo que no es suyo).
En estos días muchas cosas están sensibles a
ser plagiadas y tú puedes proteger tu obra, así sea en el mundo de la web,
advirtiéndole a los usuarios que tu página esta protegida por estos derechos
legales. Para eso existen algunas opciones:
1.- El Copyright o derecho de autor, por el cual pagas. Antes, en República Dominicana,
la gestión del Copyright era gratis, como una forma de motivar a los
escritores, pero luego de un tiempo (no sé cual), empezaron a cobrar por
gestiones, siendo la de libros 400 pesos dominicanos por cada obra inédita.
Como dije antes, este es el derecho de autor con más restricciones, y por tanto
es el que más protege legalmente tus obras.
2.- Creative Commons, es una organización sin animo de lucro que también gestiona derechos
de autor de forma online, también es una de las más populares. Ideal para las
personas que tiene páginas webs o blogs, pues les adviertes a los usuarios que
cualquier reproducción de tu blog o web sin tu permiso es ilegal y puede tener
represalias.
Lo que Creative Commons hace es gestionar
diferentes tipos de licencias para que el mismo propietario decida que clase de
derechos quiere implementar en su sitio (si permite que se distribuya en otras
webs o no, y si lo hacen, que mencionen su nombre o su fuente). Muchas webs usan
este tipo de licencias para proteger sus contenidos online; es menos
restringida como Copyright, pero es una buena opción para proteger obras en la
red. Algunos dicen que incluso protege libros, pero no he podido encontrar una
buena referencia que hable sobre eso al respecto. Para gestionar una de sus
licencias solo debes entrar a su página y leer lo que ellos ponen para que
puedas convencerte del tipo de licencia que desees implementar.
3.- Safe creative es la primera plataforma de registro de propiedad intelectual para
obras con derechos de autor. Es de uso gratuito. Lo que hace es emitir un sello
el cual puedes utilizar para tener la prueba legal de a qué hora, día, mes y
año tú subiste un archivo a su plataforma (con un espacio aproximado de 2GB),
acreditando con ello tu derecho creativo y reconociéndote como el verdadero
propietario de dicho archivo (música, película, libro, programa, poesía, etc)
en caso de un plagio. Esa clase de registro son las que hacen que Safe Creative
sea una de las más cómodas y confiables en este mercado. Cada archivo que
subes, automáticamente genera un registro (público o privado, tu eliges). Hasta
ahora esta opción goza de muy buena reputación.
4.- Copyleft es lo opuesto de las anteriores. Con ella puedes distribuir, modificar
o, si el dueño de los derechos legales lo desea, comercializar su contenido,
etc. En resumen, este tipo de licencias es el que comparte la creencia de que
“no existe la piratería, sino el compartir una obra que todos tenemos derecho a
conocer”.
Parte de las imágenes son gracias a Wikipedia.
Parte de las imágenes son gracias a Wikipedia.
Wao... En verdad muchas gracias por el articulo. Ahora mismo estoy explorando mas sobre Save Creative y a la verdad cada vez me parece el mas atractivo.
ReplyDeleteEspero que sigas escribiendo mas reseñas de este tipo.
Un saludo y bendiciones.
Hola, perdón por la respuesta tardía, pero a veces google no me notifica nada. Actualmente tengo este blog abandonado y sólo me aparezco para responder alguna duda ocasional. Espero que te sea útil este artículo y muchas gracias por pasarte.
Delete